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Lo expresa la Resolución 41/2024 del ministerio de Economía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial. La normativa tiene vigente hasta el 29 abril del corriente año (rige desde el pasado 1 de noviembre de 2023), es decir por 180 días y, abarca a 10 departamentos de la Provincia.

La medida se debe a, las tormentas de granizo, fuertes vientos y las precipitaciones prolongadas que se vivieron en el segundo semestre del 2023 y alcanza a los departamentos de: Guaraní, San Pedro, 25 de Mayo, Oberá, San Javier, Cainguás, San Ignacio, Leandro N. Alem, General San Martín, Montecarlo, Eldorado, Puerto Iguazú, General Belgrano.

“A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley N° 26.509 y sus modificaciones, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la Provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo”, refirieron funcionarios de Economía.

ACCESO a la normativa

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 Resolución 41/2024

 Además se consigna que, “las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal De Ingresos Públicos (AFIP), arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley N° 26.509 y sus modificatorias”.

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