La nueva prórroga está vigente hasta el 30 de abril de 2025. La ventana jubilatoria es orientada a personas que tienen la edad requerida o años de servicio. Además, se extiende el plazo para la moratoria previsional.
La herramienta vigente en la Provincia desde 2022, está destinada a brindar mejores condiciones de jubilación a los agentes públicos provinciales y de los municipios que se adhieran a la iniciativa.
Informo la prórroga de los regímenes de la Ventana Jubilatoria y Moratoria Previsional. Estos regímenes, establecidos mediante los decretos N° 636/22 y N° 1145/22, tendrán una extensión hasta el 30 de Abril de 2025.
— Hugo Passalacqua (@passalacquaok) December 9, 2024
-Moratoria Previsional
La moratoria previsional está orientada a trabajadores que tengan la edad para jubilarse, 60 años las mujeres y 65 los hombres. En ambos casos deben tener al menos 20 años de aportes.
Para compensar los años de servicio restantes para alcanzar la jubilación, “los beneficiarios de esta medida acceden a una moratoria con el IPS Misiones“, según la explicación del ministro de Hacienda Adolfo Safrán. De esta manera, pueden iniciar el proceso de forma inmediata y pagar en cuotas la mencionada moratoria a través de un descuento en el haber correspondiente.
-Ventana jubilatoria
La ventana jubilatoria está orientada a personas que tienen la edad requerida y los años de servicio para jubilarse. En este caso, “quien opte por la ventana jubilatoria, se jubila con el 75% del sueldo neto en actividad“, aclaró Safrán. Esto representaría una cifra mayor que si se jubilara por el régimen tradicional, donde se calcula el promedio de los haberes actualizados de los últimos diez años.
“La jubilación será del 75% si tiene 30 años de servicio y se suma un 1% más por cada año adicional”, detalló durante el lanzamiento del beneficio. En cada caso, “el IPS le presentará al interesado los haberes calculados por el régimen de la ventana o el régimen normal para que opte por la opción más conveniente”, describió.
En ambas posibilidades queda excluido el personal de seguridad, que cuenta con su propio régimen de retiro. Sí están incluidos, los trabajadores de los municipios que se adhieran a esta medida según la reglamentación correspondiente.