Ambos impuestos se actualizan en enero y julio según la inflación del semestre previo, que según el INDEC fue del 15,1%.
En el caso de Ganancias se estima que el mínimo no imponible ascendería $ 2.625.100 para el caso de un trabajador soltero y, a $ 3.458.800 para alguien casado y con 2 hijos.
En el caso del monotributo, el límite de facturación anual de la categoría más baja (A) pasaría a $ 8.992.835 y la cuota mensual alcanzaría $ 37.086.
El monotributo y el impuesto a las Ganancias se actualizan este mes a partir del dato del 1,6% de inflación de junio que difundió el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Para el cálculo de los nuevos valores, que entran en vigencia a partir de este mes, se tiene en cuenta la inflación acumulada en el primer semestre de 2025, que se completó con el dato oficial de junio.
-Cuáles son los nuevos mínimos para el pago de Ganancias
La Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” -también conocido como paquete fiscal– restituyó el pago del impuesto a las Ganancias para los individuos (conocida como la “cuarta categoría” del impuesto) y modificó la escala salarial sobre la que se aplica progresivamente el tributo y la actualización de los montos de las deducciones que se pueden aplicar.
Según establece la ley, estos montos se ajustan en los meses de enero y julio de cada año según la inflación acumulada en los 6 meses previos. Es decir, que la actualización de julio se basará en el IPC registrado entre los meses de enero y junio de 2025, un 15,1%, según confirmó el INDEC. El Gobierno debe luego oficializar esas modificaciones.
En el primer semestre de 2025 el mínimo no imponible de Ganancias fue de $ 2.280.700 brutos (es decir, antes de los descuentos aplicables) para un trabajador soltero y sin hijos, y de $ 3.005.029 para alguien casado y con 2 hijos.
Por encima de esos valores, los trabajadores en relación de dependencia deben pagar Ganancias siguiendo una escala que va desde el 5% para las categorías más bajas hasta el 35% para las más altas (a partir de $ 6 millones para solteros sin hijos y $ 7 millones para casados con 2 hijos).
Con la confirmación del 15,1% de inflación del semestre, se estima que el mínimo no imponible ascendería a $ 2.625.100 para un trabajador soltero y $ 3.458.800 para alguien casado y con 2 hijos.
-Qué deducciones pueden hacerse para pagar menos Ganancias
Junto con la escala salarial, la actualización semestral del impuesto a las Ganancias incluye también a las deducciones personales, que son gastos (como cuotas de colegios privados e hipotecas, por ejemplo) que pueden descontarse del pago del impuesto.
Las deducciones también se actualizarán un 15,1% en línea con la inflación del primer semestre de 2025. Entre los principales ítems se destacan:
Hijos menores de 18 años o incapacitados para el trabajo.
Cónyuge sin ingresos.
Alquileres.
Medicina prepaga.
Escuela privada y compra de útiles.
Servicio doméstico.
Donaciones.
Préstamos hipotecarios.
-También cambian las alícuotas del monotributo
Los límites de facturación y las cuotas mensuales del monotributo también se actualizarán un 15,1%, en línea con la inflación acumulada entre enero y junio de 2025, de acuerdo con lo establecido en la Ley 27.743.
A modo de referencia, el límite de facturación anual de la categoría más baja (A) pasaría de $ 7.813.063 a $ 8.992.835 y la cuota mensual subirá de $ 32.221 a $ 37.086, mientras que el límite para la categoría más alta (K) se elevará de $ 82.370.281 a $ 94.808.200 y la cuota aumentará a $ 1.208.922 para el caso de la locación de servicios.
No obstante, estos aumentos se verán reflejados en el pago de la cuota de julio de 2025 (ya que el tributo se abona a mes vencido) luego de que ARCA confirme las nuevas escalas.
(Fuente: Chequeado)